Senado avala multas de hasta 2.3 mdp a empresas por acoso telefónico
La reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor sancionará llamadas insistentes y hace responsables a los proveedores incluso si contratan centros de contacto externos.
Recibir llamadas promocionales insistentes a la hora de comer o los fines de semana tendrá un costo legal muy alto para las marcas: el Senado de la República aprobó por unanimidad aplicar multas de hasta 2.3 millones de pesos a las empresas que acosen a usuarios con publicidad o ventas no autorizadas.
El pleno del Senado avaló por 96 votos a favor reformas a los artículos 18 Bis y 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor para erradicar las comunicaciones comerciales invasivas. La minuta, turnada a la Cámara de Diputados para su ratificación final, establece sanciones que van desde 56 mil 570 pesos hasta 2 millones 345 mil pesos para aquellos proveedores que hostiguen a la población vía telefónica o mediante plataformas digitales.
La iniciativa, impulsada por la senadora Mayuli Martínez, prohíbe de manera expresa la emisión reiterada y persistente de llamadas, mensajes de texto o contactos electrónicos con fines comerciales sin el consentimiento previo del titular de la línea. El dictamen refuerza el principio de que la tranquilidad de las personas no puede quedar sujeta a tener que rechazar la misma oferta una y otra vez ante distintos operadores.
Un elemento determinante del cambio legal es el blindaje de la responsabilidad solidaria. Esto implica que las instituciones financieras, cadenas comerciales o empresas de telecomunicaciones no podrán deslindarse de las sanciones argumentando que las llamadas fueron realizadas por despachos externos o call centers subcontratados. Si la campaña promociona sus servicios de forma indebida, la firma titular enfrentará el procedimiento sancionatorio.
La modificación se enlaza directamente con los mecanismos ya existentes en la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), como el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP). Una vez que la reforma culmine su proceso en San Lázaro, cualquier comunicación enviada a números inscritos en este padrón o a usuarios que hayan exigido no ser contactados constituirá una infracción directa sujeta a las tarifas máximas.
Contar con estas herramientas legales transforma tu rutina digital cotidiana. Ante la insistencia de ejecutivos que llaman múltiples veces al día desde números rotativos, el consumidor ya no tiene por qué limitarse a colgar con frustración: bastará con registrar la evidencia del contacto reiterado para denunciar ante Profeco, obligando a las compañías a frenar el acoso bajo la amenaza de multas que impactan de lleno en sus finanzas.
Firma Editorial: Miriam Armas
Periodista y analista en InfoBullet México. Ver perfil editorial y más artículos →
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