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Suprema Corte de EE UU reactiva deportaciones exprés a terceros países

El máximo tribunal suspende la orden que frenaba los traslados del Departamento de Seguridad Nacional y deja a los expulsados sin posibilidad de demostrar riesgos de violencia o persecución.

Por Elías Catalan · Publicado el 29 de septiembre de 2026
Suprema Corte de EE UU reactiva deportaciones exprés a terceros países - Internacional | InfoBullet México

La Corte Suprema de Estados Unidos autorizó a la administración de Donald Trump a reanudar las deportaciones inmediatas de solicitantes de asilo hacia terceros países, incluso aquellos en conflicto abierto. El fallo suspende el bloqueo emitido por un tribunal inferior y permite al Departamento de Seguridad Nacional enviar a los migrantes lejos de sus naciones de origen sin aviso previo ni oportunidad legal de defenderse.

El máximo tribunal estadounidense concedió una solicitud de emergencia al Departamento de Justicia para dejar sin efectos la resolución del juez federal Brian Murphy. El magistrado de distrito había calificado la política de «terceros países» como violatoria de la ley debido a que expulsa a las personas sin concederles una audiencia para acreditar las amenazas o perjuicios que enfrentarían fuera de sus lugares de origen.

La reactivación de esta política fortalece el mecanismo de expulsión rápida del gobierno federal. Registros de organizaciones civiles de derechos humanos documentan que más de 25.000 personas han sido deportadas bajo este esquema hacia 29 destinos distintos. Aunque la gran mayoría de estos traslados ha tenido como destino México, la administración federal ha recurrido al envío de extranjeros hacia naciones africanas con severas crisis humanitarias y de seguridad.

Entre los puntos de recepción documentados destacan Uganda, Guinea Ecuatorial, Liberia, la República Centroafricana y Sudán del Sur. Este último territorio mantiene alertas máximas de viaje emitidas por el propio Departamento de Estado estadounidense, que desaconseja cualquier presencia en la zona ante el peligro continuo de combates armados, secuestros y crimen generalizado.

El litigio colectivo original pretendía frenar los traslados forzosos sin notificación legal para garantizar que los solicitantes de protección internacional contaran con representación jurídica. Con esta nueva decisión cautelar del tribunal supremo, las agencias de migración recuperan la facultad de ejecutar traslados de manera expedita mientras los tribunales de apelación resuelven el fondo de la controversia.

Para las comunidades con familiares que intentan regularizar su estancia o cruzar la frontera norte, el fallo redefine por completo el proceso de asilo: la solicitud ya no garantiza permanecer en territorio estadounidense ni ser devuelto al país de nacimiento. Estar al tanto de estos cambios jurídicos permite a las familias buscar asesoría legal calificada de inmediato y evitar fraudes de intermediarios ante el riesgo inminente de un traslado a países desconocidos.

Firma Editorial: Elías Catalan

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